Con el permiso del receptor, mi estimado amigo Miguel Ángel Guerrero, voy a hacer algo que no es muy común, publicar un correo personal que le envié días atrás:
EGO HABEO GLADIUM
Miguel Ángel G. Yanes
Para Miguel Ángel Guerrero
SaludyAna.
Con relación al que suscribe, la historia de esta espada toledana de la Casa Marto, modelo 'Espada Templarios', se remonta a principios de los años 80, cuando en compañía de mi entonces novia, hoy mi esposa, visité la ciudad de Toledo y quedé fascinado por los múltiples modelos de espadas que allí se forjaban, y en concreto por ésta.
Pasaron los años y siempre estuvo en mi ánimo hacerme algún día con una de aquellas hermosas espadas templarias, pero jamás volví a Toledo. No obstante, cierto día, navegando por la Red, tropecé con la página web de Marto y con la posibilidad de comprarla on-line. Cosa que hice.
La compra de la espada, que incluía 20,00 euros de gastos de envío ya venía gravada con el 21% de IVA (32,20 euros), no obstante, al recibirla he tenido que abonar además 30,22 euros (13,10 euros de IGIC, 16,00 euros de Arbitrios Insulares y 1,12 euros del 7% de IGIC) tal y como queda reflejado en la carta de pago adjunta.
Y ahora es cuando hago la pregunta de rigor:
- ¿Por qué los canarios nos vemos obligados a pagar los dos impuestos: IVA e IGIC? En mi caso, al incluir los Arbitrios Insulares, un total de 62,42 euros (10.386 de las antiguas pesetas) obviando los gastos de envío.
Será porque tenía razón Secundido Delgado, y Canarias sigue siendo...
"la única colonia del mundo con categoría de provincia"
Miguel Ángel G. Yanes
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