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12/12/20

¡CON LA IGLESIA HEMOS TOPADO, AMIGO... SÁNCHEZ!

 

Leo y veo manifestaciones "reivindicando libertad religiosa, libertad de enseñanza  y pluralidad o  pluralismo". Y, en principio, siento entusiasmo. ¡Vamos tarde!  ¿Dónde hay que apuntarse? Porque la libertad de credos ha sido históricamente la cenicienta en este país, y su ausencia, raíz de gravísimos problemas. Y, ya saben, "siendo la libertad indivisible donde no hay libertad en alguno de sus aspectos, no la hay en ninguno". Donde no la hay para un ciudadano, tampoco para los demás. Incluso si hablamos en el plano de los derechos formales.

Y no tardo en descubrir que los que se manifiestan son “los de toda la vida. Los que tradicionalmente "han despreciado los derechos y libertades". Y que lo que reivindican "no es la libertad religiosa, la libertad de enseñanza y el pluralismo, sino la continuidad del monopolio religioso católico y los privilegios históricos", no por ello menos actuales, y en definitiva la sumisión a las 'caenas' de siempre.

"El monoteísmo y las religiones de Libro han sido una de las mayores calamidades para la Humanidad, al menos en Occidente". La oficialidad del catolicismo y su control del poder político hasta el punto de convertir a la Iglesia en un auténtico Estado dentro del Estado, y a los Estados formales en Estados fallidos, "sólo se corrigió en aquellos países en que triunfó la Reforma protestante o allí donde, como en Francia, triunfó una Revolución laicista". Con todos los matices que se quiera.

"España no ha sido históricamente un país favorecido. Y su desgracia histórica ha estado y está estrechamente vinculada al poder espiritual y temporal de la Iglesia y la imposibilidad de disociarlos". Vean Uds. los escudos heráldicos de las Comunidades de Asturias, Galicia, Aragón… y se harán una idea somera del poderío de la Iglesia en el medievo. "Piensen que el Cardenal de Toledo, cuya jurisdicción llegó a extenderse hasta Portugal por el Este y el Mediterráneo por el Sur, tenía más poder que los mismísimos Reyes en el Renacimiento".

Alfonso Carrillo de Acuña (1446 - 1482) 78º Arzobispo de Toledo, Primado de España y Canciller Mayor de Castilla

"Dilapidamos las riquezas expropiadas en América, y la oportunidad que representó el Imperio, en guerras religiosas por toda Europa, una de las cuales duró 100 años, para mantener el monopolio religioso católico". No el poder del Papa sino de la Iglesia porque ésta, desde el punto de vista del poder, se integra  fundamentalmente por oligarquías de ámbito nacional. Así hasta la extenuación militar y las repetidas quiebras económicas del Estado.

Que el Tribunal del Santo Oficio (¡La Inquisición!), un Tribunal canónigo cuyas resoluciones tenían efectos civiles, "controló y reprimió a todos los españoles hasta entrado el siglo XIX aunque extendía su jurisdicción sólo sobre los católicos. Lo cual quiere decir todos los españoles", porque expulsados moriscos y judíos y considerados los 'protestantes' como católicos diferentes o sea heréticos, "ser español y ser católico, necesariamente eran sinónimos.

Y todo para concluir con unos siglos XIX y XX marcados por la confesionalidad del Estado, salvo el breve periodo en que estuvo vigente la Constitución de 1868,  plenos de exacerbaciones religiosas y manifestaciones de integrismo que nos acarrearon hasta tres guerras civiles carlistas en nombre de Dios, la Patria y el Rey, y una guerra de exterminio iniciada en 1936, calificada como Cruzada, sobre la que, en este momento, creemos innecesario decir más.

También innecesario referirnos a las cuatro décadas durante las que "la Iglesia campó a sus anchas, llevando bajo palio al Dictador". Resulta significativo que la persecución a los protestantes y la quema de sus iglesias en la zona llamada nacional, instada entre otros por el Cardenal Segura, 'perdió comba' cuando afectó a la Iglesia Anglicana, porque "la titularidad de sus templos correspondía a la Corona Inglesa y hubo de ser indemnizada por los desmanes hasta el último céntimo". Curioso también que la persecución a los 'protestantes' se ocultara en muchos casos disfrazada de persecución a la masonería. Como si la persecución a ésta fuera razonable.

El inicio de la Transición, también despertó esperanzas en este terreno. Y temores sobre el papel desestabilizador de la Iglesia, que si se sumaba al Ejército y la burocracia franquista, a la que el propio Franco se refirió como “las clases medias” que él mismo había creado, y que amenazaban con la involución. Pero ¿involución hacia dónde? Porque España seguía anclada en el franquismo, del que no había salido y todavía hoy no lo ha hecho del todo.

La Constitución de 1978 en su artículo 16.3 se quedó corta, no abordó el problema, fue terriblemente cobarde y acomplejada. No se atrevió a declarar explícitamente la laicidad del Estado y ni siquiera la aconfesionalidad del mismo, recurriendo a una débil fórmula (“ninguna confesión tendrá carácter estatal”) en la que ni siquiera se define al Estado sino a las confesiones judiciales. No dice que el Estado sea laico o aconfesional, si es que se pueden distinguir ambas cosas, ya que, ambos términos se remiten al mismo concepto expresado en positivo o en negativo, sino que las confesiones no tendrán carácter estatal.

El artículo para más desgracia concluía con una frase que ha resultado clave: “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica  y las demás confesiones”. Ésa ha sido la excusa,  el agujero, el contraseguro "para vaciar de contenido la supuesta laicidad/aconfesionalidad".

Oí en cierta ocasión unas manifestaciones públicas de Jordi Solé Tura, uno de los padres de la Constitución en representación del PCE-PSUC y luego Ministro de Cultura con el PSOE, en que afirmaba que el art. 16.3 de la Constitución era el artículo que más lamentaba. Es claro, esa "cooperación especial” con la Iglesia Católica, finalmente, "encubre la pervivencia del monopolio religioso histórico de la Iglesia en España".

 

Sumen a lo anterior, el "Concordato de 1979 que indudablemente formaba parte de la misma operación de escamoteo democrático. El art. 16, 3 de la Constitución, pese a su redacción vergonzante, "intranquilizaba a la jerarquía  eclesiástica que se negaba a su aceptación". Fraga hacía campaña porque se recogiera en el texto la “mención al Hijo del Hombre” (sic) y el arzobispo Elías Yanes protestaba públicamente y reclamaba un trato de favor constitucional. "Todo ello determinó que se pactaran compensaciones complementarias, parece ser que a cambio de que la Iglesia ''tragara' con la legalización del PCE y no hiciera campaña electoral a favor de un 'partido católico'"

De ahí la modificación del proyecto inicial del texto constitucional en que no había mención a la Iglesia Católica, y de ahí que "a los 5 días de la entrada en vigor de la Constitución se suscribieran los Pactos Iglesia-Estado, con los que se daba continuidad al Concordato de 1953. La negociación secreta desde tiempo atrás de estos Acuerdos se llevó a cabo por Marcelino Oreja Aguirre, ministro de Asuntos Exteriores de la UCD y Propagandista de la Fe, y el Secretario de Estado de la Santa Sede. "La Iglesia negoció consigo misma y nadie defendió los intereses del Estado español". ¡Lo de siempre!

Firma del Concordato

Y añadan que, a mayores, en la práctica, el Estado español se ha excedido en el cumplimiento de dichos Acuerdos, extendiendo 'de facto' los privilegios eclesiales en todos los campos, entre ellos las exenciones fiscales y ampliando y creando 'ex novo' beneficios exclusivos. Hasta tal extremo que, pese a la falta de competencia europea para corregir buena parte de estas prácticas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sentencia de 27 de Junio de 2017 ya tuvo que declarar que las exenciones que afectan a actividades económicas (colegios, hospitales, hostelería…) gestionados por la Iglesia, que no están ni siquiera en los Acuerdos pero se vienen aplicando, constituyen ayudas de Estado prohibidas por el Derecho de la Unión. Lo que ratifica que la Iglesia Católica ampara un ámbito de economía sumergida, en competencia desleal con quienes desempeñan actividades económicas en situación regular. Llámenlo paraíso fiscal.

Y la guinda: el Tribunal Constitucional creador de 'reservas' al margen de la Constitución, donde ésta no resulta de aplicación (¡!). Y entre ellas "la organización, al margen de cualquier principio democrático, de la propia Iglesia Española y de todas sus Asociaciones y su actuación permanente vulneradora de casi todos los preceptos constitucionales y de manera destacada de la igualdad de género, la libertad sexual, etc". Que se muestra diletante a la hora de resolver todo lo que no gusta a la jerarquía católica (aborto, matrimonio homosexual, etc.), "dejando esas leyes bajo el paraguas de la sempiterna duda e inseguridad de si se ajustan o no a la Constitución".

 

Y despreciativo, inadmitiendo de plano la única cuestión de constitucionalidad que impugnó la validez de los Acuerdos Iglesia-Estado de 3 de Enero de 1979 y concretamente el relativo a Cultura y Enseñanza (Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid proced. 773/2008 Auto de 9 de Febrero de 2009), pero extensivo también al Acuerdo Económico. "Se imputaba a dicho Acuerdo la vulneraración de los arts. 81.1 CE (reserva de Ley Orgánica para el desarrollo de derechos fundamentales y libertades públicas) y 93 CE (que exige que la celebración de Tratados Internacionales se efectúe mediante Ley Orgánica cuando se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la propia Constitución)".

Pese a que dichos Acuerdos afectan a numerosos derechos y obligaciones constitucionales, entre otros el derecho a la enseñanza o la carga impositiva, ni el Acuerdo sobre Cultura y Enseñanza, ni el Económico, ni tampoco los otros dos, fueron tramitados como Ley Orgánica. Es más, esos dos Acuerdos fueron aprobados por las Cortes el día 13 de Septiembre de 1978 por mayoría simple (170 votos a favor, 125 en contra y 3 abstenciones) y no por la mayoría cualificada que requieren las Leyes Orgánicas. Previamente la enmienda a la totalidad de dichos Acuerdos planteada por el Grupo Comunista fue rechazada no obteniendo más que 21 votos a favor. Quizás Felipe González, que parece estar muy interesado en que le dejen hablar, quiera contarnos "dónde estuvieron ese día los votos socialistas".

Parece que a alguien no le hizo mucha gracia esta comparativa

Es de esperar que Pedro Sánchezcumplimiento con prontitud a la promesa de denunciar los Acuerdos de 3 de Enero de 1979, promesa que efectuó el 3 de Noviembre de 2019, y sea posible iniciar la conquista de la libertad religiosa, la de verdad. La nueva regulación deberá tener en cuenta que la libertad religiosa se ha de ganar a expensas del monopolio religioso católico. En esta batalla no conviene perder de vista que todas las cesiones a la Iglesia han sido inútiles, que todavía no se ha dignado pedir perdón por su instigación y complicidad con el liberticidio y que "desde sus centros de culto, colegios, medios de comunicación… se continúa conspirando contra la democracia y alentando grupos integristas antidemocráticos"​.

FUENTE: nuevatribuna.es
Antonio Seone
04/12/2020

25/1/20

LIBERTAD DE PENSAMIENTO


Miguel Ángel G. Yanes

OBJETIVO 'LAICIDAD REPUBLICANA'

Es necesario abordar lo religioso como un hecho que ha de ser regulado sin privilegios para nadie en cuanto a su presencia en el espacio social

Estado laico - La Boca del Logo
 
"El Estado español no es laico; debiera serlo". Y como allá por 1931 decía don Manuel Azaña, ahora tan citado, en uno de sus más brillantes discursos en las Cortes Constituyentes de la II República –aquel en el que sentenció que “España ha dejado de ser católica”, lo que no significaba que hubiera dejado de haber católicos en España–. "La cuestión de la laicidad no es meramente religiosa, sino 'un problema político de constitución del Estado'. Por desgracia, "tal clarividencia es la que no ha llegado a ser compartida en grado suficiente entre quienes representan a la ciudadanía española en las instituciones del Estado desde la transición de la dictadura a la democracia", mediando aprobación de la Constitución en 1978, hasta ahora. "Si así hubiera sido, la aconfesionalidad recogida en el artículo 16 de dicha Constitución habría dado paso a un avance hacia un Estado laico en una democracia coherente y consecuente".

"La Constitución vigente, en el citado artículo, reconoce la 'libertad ideológica, religiosa y de culto' como afirmación de los derechos civiles que a ello corresponde, declarando a la vez que en el Estado español ninguna confesión tiene 'carácter estatal'". El Estado, no obstante, establece para sí la obligación de mantener 'relaciones de cooperación' con las confesiones religiosas con presencia en la sociedad española, con el añadido clave que supone enfatizar que dichas relaciones se tendrán con la Iglesia Católica. La sola explícita mención de esta última ha sido y es de hecho la apoyatura en derecho para "el trato de privilegio que la Iglesia Católica recibe por parte del Estado español, que sigue respecto a ella pautas que no se guardan en las relaciones con ninguna otra comunidad de creyentes".

Tales pautas responden a lo codificado en los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede de 1979, firmados de inmediato tras ser refrendada la Constitución el 6 de diciembre de 1978, como adaptación al nuevo contexto político de los términos del Concordato de 1953: "el que suscribió el Vaticano con la dictadura franquista, a la vez que ésta firmaba los tratados con EE.UU. y entraba en la ONU, todo ello como bendiciones de este mundo y del otro para legitimar el régimen surgido de la Guerra Civil, declarada en su día 'cruzada' por parte de la Iglesia Católica".

Una historia malamente inconclusa: de la Constitución a los Acuerdos con la Santa Sede

Acuerdo Iglesia-Estado (1979)

"A los Acuerdos de 1979 se remite la especial relación del Estado con la Iglesia Católica en muy diversos terrenos, desde el campo educativo hasta los aspectos fiscales, o desde las contribuciones para sostenimiento del clero hasta los capellanes militares con rango de oficiales… dando lugar a privilegios en el sentido más literal del término". Tales Acuerdos, en relación a los cuales no faltan argumentos para considerarlos 'contrarios a la Constitución' de los que se hacen depender, tienen el efecto, más allá de lo estrictamente normativo, de "prolongar unas determinadas posiciones de poder social e ideológico de la Iglesia Católica" en la sociedad española como prórroga del 'nacional-catolicismo' que tanto ha marcado nuestra historia en tiempos precedentes, con singular fuerza "durante el régimen de Franco, en el que el catolicismo era religión oficial". A la vez, tal consideración constitucional de la religión católica refuerza un orden simbólico poco menos que intangible, con función de normalización cultural garante de continuidad gatopardista en medio de los cambios.

"Así, la llamada 'cuestión religiosa', la cual, siguiendo a Azaña, era y es cuestión política, quedó resuelta a medias en el texto constitucional con el que arrancó la democracia que tenemos". Aunque se han dado algunos tímidos pasos para corregir tal situación, "no se ha evolucionado hacia la laicidad –no se vislumbra la indispensable reforma constitucional en ese sentido– desde esa estación intermedia que es un 'Estado aconfesional', valiosa teniendo en cuenta de dónde se venía, pero insuficiente a la vista del objetivo que hemos de alcanzar. Una y otra vez aparece en escena "la necesidad de 'denunciar' los Acuerdos con la Santa Sede, para someterlos al menos a revisión, pero nunca se ha dado tal paso", aun estando claro que son obstáculo grave en asuntos que afectan a la vida social y a derechos ciudadanos, como son, por ejemplo, algunos que se plantean en el campo educativo.

"En verdad no se ha progresado nada en esa dirección, a pesar de que en la legislatura correspondiente al último Gobierno socialista de Zapatero se llegó a tener un interesante borrador –no pasó de ahí– sobre nueva Ley Orgánica de libertad religiosa y de conciencia", que podría haber servido como palanca para remover unos Acuerdos que eran y son tremenda piedra de tropiezo. "La Iglesia Católica sigue con sus privilegios" y, a lo sumo, para compensar esa circunstancia que va en detrimento de la no discriminación que debieran disfrutar las demás confesiones con presencia en la sociedad española, la desacertada vía que se emprende es la de trasladar a éstas parte del trato que el catolicismo recibe.

De la laicidad liberal a la republicana en una sociedad democrática, secularizada y pluralista


La situación descrita, con sus vertientes jurídicas, políticas, económicas y sociales, es chocante en muchos aspectos, además de ser recusable por razones éticas y políticas. "Una observación atenta de la realidad social de España muestra que, sin duda, es una sociedad secularizada, en la cual la Iglesia como institución ha perdido buena parte del peso que antaño tuvo. Lo paradójico es que esa pérdida de relevancia social y de predicamento incluso entre buena parte de quienes se consideran sus feligreses no supone en la misma medida una mengua de 'poder ideológico' y de 'capacidad de injerencia' en la misma dinámica política". Cabría matizar quizá, a tenor de una pertinente distinción del teólogo Juan José Tamayo entre 'secularización subjetiva' y 'secularización objetiva' de la sociedad en su conjunto, que en nuestro caso es muy notable la primera y menos consistente la segunda, a lo cual contribuye "una aconfesionalidad constitucional que encubre un trato de privilegio que no debería darse en un Estado democrático de derecho".

"Tal condición de la Iglesia Católica, con apalancamiento nada evangélico en la defensa de sus privilegios y en la fidelización de 'su clientela' en el mercado de las religiones, además de ser irrespetuoso con lo que a ese respecto exige 'el principio de igualdad en una sociedad secularizada y pluralista', no se justifica desde una posición jurídica razonable" por cuanto se sostiene legalmente aduciendo una situación de hecho –presencia mayoritaria del catolicismo en la sociedad española (lo cual ha de ser objeto de revisión sociológica a estas alturas)– como apoyatura para un tratamiento amparado por el Derecho. "Ese salto de lo fáctico a lo normativo es injustificable por cuanto atenta en sus consecuencias a derechos individuales y colectivos, dada la discriminación que conlleva".

Con todo, la 'laicidad del Estado' que la razón democrática no puede dejar de postular no tiene que ver sólo con la defensa de los derechos civiles de todos, sin exclusión ni postergación de nadie, en cuanto a libertad religiosa y de conciencia; "tiene que ver también con la configuración misma del Estado", por cuestiones de principio, como diríamos de nuevo con Azaña. "La laicidad es lo que debe corresponder a un Estado cabalmente democrático, heredero de los procesos a través de los cuales tuvo lugar la desacralización del poder y la paulatina democratización del mismo", como expresiones políticas de la secularización de la cultura a lo largo de la modernidad occidental –a partir de aquí habría que abordar la universalizabilidad del principio de laicidad–.

"El Estado no sólo debe ser 'neutral' en cuestiones religiosas –mejor es hablar de 'imparcialidad', como llegó a sugerir Spinoza ya en el siglo XVII–, sino que ha de velar por una clara diferenciación de ámbitos": lo religioso y lo político como 'esferas de valor' distintas –dicho con Max Weber–, de manera que "a la neutralidad del Estado ha de corresponder la no injerencia de las iglesias como tales en el ámbito político."

"La laicidad, por tanto, no tiene que ver sólo con la salvaguarda de los derechos civiles de los individuos y colectivos de las comunidades", que es a lo que queda obligado el Estado, conforme, además, a un principio de tolerancia que, como dejaron formulado Locke y Voltaire, "exige el respeto a la libertad de creencias, implicada su expresión, en una sociedad pluralista. Esa concepción liberal de la laicidad es la que ha de verse complementada con una idea republicana de la misma", por cuanto "la laicidad es considerada elemento constituyente del espacio público de la sociedad y del ámbito político de un Estado democrático", espacio y ámbito en el que ciudadanas y ciudadanos han de ejercer sus derechos políticos.

"El republicanismo ha de impregnar, pues, la laicidad que ha de conseguirse" –es tarea inaplazable en y para el Estado español, mucho más allá del cobro del IBI por bienes eclesiásticos– no se limita a pensar la religión sólo como algo limitado a la intimidad de las conciencias y privacidad de las prácticas de los creyentes. "Ha de abordar lo religioso también como hecho que ha de ser regulado sin privilegios para nadie" en cuanto a su presencia en el espacio social –diferenciado del ámbito estrictamente político de las instituciones del Estado, donde lo religioso ha de quedar fuera y, por cierto, también fuera de un concepto de soberanía que ha de verse libre de connotaciones teológicas que en la misma Constitución lo lastran–.

En el espacio social donde se ubica la opinión pública, "creyentes y no creyentes han de encontrarse ofreciendo argumentos con razones que todos puedan entender, aunque no todos las compartan". Como subraya Jürgen Habermas, "los creyentes no están obligados a desaparecer de la vida pública ni a ocultar su fe, pero sí a 'traducir' a un lenguaje secular de ejercicio autónomo de la razón lo que desde sus convicciones consideren pertinente exponer en los debates que socialmente se den". Al fin y al cabo, ese esfuerzo de 'traducción' en aras de la comunicación es para todos insoslayable en una sociedad pluralista, y más con notable diversidad cultural.

"El diálogo intercultural es motivo añadido para exigirnos la laicidad republicana indispensable para esa convivencia donde todos nos vemos comprometidos a respetar la dignidad del otro". Y si los movimientos laicistas, conscientes de que "la laicidad no es antirreligiosa, sino anticonfesionalista", han de tener en cuenta esa exigencia que les justifica, "las religiones han de asumir la laicidad como exigencia propia, amén de requisito democrático", lo cual, siendo consonante con los vectores proféticos y humanistas de sus tradiciones respectivas, es "antídoto contra los fundamentalismos e integrismos" en los que aflora la perversión en la que las mismas religiones se autodestruyen hasta derivar a las más groseras idolatrías.

Las religiones han de asumir la democracia

FUENTE: ctxt.es
José antonio Pérez Tapias
14/01/2020

22/1/20

TOCA RENEGOCIAR EL CONCORDATO



"Modificar las relaciones entre el Estado español y la Santa Sede (y por consiguiente con la Conferencia Episcopal Española) no es, en realidad, asunto fácil ni, desde luego, rápido. Sin embargo, este es quizá el mejor momento para abrir ese proceso de revisión", primero porque los principales partidos que se presentan a las elecciones generales (PSOE, Ciudadanos, Podemos, Unidad Popular), salvo el PP, incluyen en sus programas explícitamente ese objetivo y, segundo, porque "es posible que la Santa Sede, bajo el papado de Francisco, sea más receptiva que en otras ocasiones a algunos de esos cambios".

Este es también un momento en el que "los sectores más duros de la Iglesia española están desprestigiados", en Roma e incluso entre buena parte de sus seguidores o fieles, lo que debería facilitar la tarea.

"El año 2016 debería marcar el inicio de una nueva época, en la que 'la no confesionalidad del Estado', proclamada en la Constitución de 1978 (y desmentida solo unos días después, el 3 de enero de 1979, con la firma del núcleo duro del tratado conocido como Concordato) se traduzca finalmente en un verdadero respeto a la laicidad y se supriman privilegios que resultan absolutamente anacrónicos".

"Las relaciones entre la Santa Sede y el Estado español están reguladas en 6 acuerdos, que sustituyeron al Concordato de 1953, firmado en plena etapa del nacional-catolicismo y la dictadura del general Franco".

Los acuerdos tienen fecha de 1976 (uno, relacionado con el fuero judicial de los sacerdotes y el nombramiento de obispos) y sobre todo, de 1979 (cuatro, sobre asuntos jurídicos, enseñanza y cultura, asuntos económicos y asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas). El sexto acuerdo, de 1994, trata asuntos de interés común en Tierra Santa (Israel y Palestina).

Jerusalem (Tierra Santa)

"Los acuerdos de 1979, fueron negociados a toda velocidad por el Gobierno de Adolfo Suárez con el cardenal Vicente Enrique Tarancón, seguramente el más progresista de la democracia e impulsados por un ministro que representaba al sector demócrata-cristiano de UCD, Marcelino Oreja".

"El acuerdo tiene rango de tratado internacional y, como tal, puede ser denunciado por cualquiera de las partes firmantes. Sin embargo, y esa es la primera dificultad, no tienen fecha de caducidad" y, en principio, abrir un proceso de revisión exige que existan 'causas importantes', y que las dos partes estén de acuerdo en iniciarlo. No sirve de nada, pues, denunciarlo.

"Existen, evidentemente, dos causas indiscutibles de revisión: que alguno de los acuerdos sea inconstitucional; o que una posible reforma de la Constitución de 1978 suprima la mención expresa a la Iglesia Católica que figura en el texto actual".

El artículo 16.3 establece, textualmente: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

"Si, como propone por ejemplo el programa del PSOE, se suprimiera esa mención, la causa 'importante' de revisión sería evidente": adecuar los acuerdos a un nuevo texto constitucional. "Sin embargo, al encontrarse el artículo 16 en la llamada zona protegida, ‘De los derechos fundamentales y de las libertades públicas’, el método de reforma constitucional es especialmente largo y complicado".


"El deseo de cambiar las relaciones con la Santa Sede y de introducir una mayor laicidad en la vida pública española es ya muy antiguo". El acuerdo sobre enseñanza y cultura, por ejemplo, no obtuvo en el Congreso de los Diputados en 1979 el mismo respaldo que obtuvieron los otros tres. Solo consiguió 170 votos a favor, frente a 125 en contra y una abstención. "Al rechazo de los diputados comunistas, que también votaron contra el acuerdo económico, se unió en este caso el del Grupo Socialista", que compartió los argumentos expuestos por el entonces miembro del PSUC, Jordi Solé Tura: "el acuerdo podía ser incompatible con la recién aprobada Constitución. Ningún grupo, sin embargo, llegó a plantear un recurso al respecto".

"Hoy, todos los partidos salvo Unidad Popular asumen que la convivencia entre escuelas públicas y colegios religiosos concertados es inevitable". En el curso 2013-14 había en España 4.976 colegios concertados, según datos oficiales, y "el 90% eran religiosos, es decir católicos". Pero nadie sabe exactamente cuántos colegios católicos concertados se han abierto durante los últimos 4 años, aunque sí se sabe que "algunos de ellos han nacido al calor de tramas corruptas como la Púnica".

Algunos afirman que "no se trata de suprimir esas escuelas concertadas, sino de garantizar que los fondos públicos sean empleados de manera constitucional y que no se privilegie a las escuelas católicas sobre la enseñanza pública", como ha ocurrido durante muchos periodos de la historia reciente.

"La realidad es que, hasta ahora, los partidos de izquierda han hablado mucho de la denuncia de esos acuerdos y de la necesidad de poner freno a las 'ansias expansionistas de la jerarquía católica española', pero a la hora de la verdad no han hecho prácticamente nada". Los socialistas, que incluyeron la denuncia en el Congreso de 2012, cuando gobernaban "estimaron que era más importante sacar adelante nuevas leyes de Educación o la asignatura de la Educación para la Ciudadanía que abordar la reforma del marco jurídico global".

"Los paños calientes no sirvieron para calmar a la 'jerarquía católica', que jamás aceptó la Educación para la Ciudadanía y que peleó denodadamente, incluso con manifestaciones callejeras, contra ella".


"Tampoco ha servido de mucho la benevolencia de los sucesivos gobiernos socialistas con la financiación de la Iglesia, que debería ser ya 'absolutamente privada', y que ha dispuesto cada vez de más fondos públicos". Toda actitud contemporizadora con la 'jerarquía católica española' solo ha servido para ampliar sus exigencias y 'su discurso intolerante'.

PSOE, Podemos y Unidad Popular, con el apoyo puntual de Ciudadanos, cuyo programa es menos tajante pero "habla de la laicidad como premisa básica de la enseñanza”, tendrán seguramente suficiente fuerza en el nuevo Congreso como para "solicitar a Roma la apertura del proceso de revisión de los acuerdos del 79" y para declarar una especie de moratoria de los acuerdos actuales, como medida de presión.

"Mientras la Santa Sede no acepte abrir la negociación y mientras el Parlamento español no apruebe un marco jurídico nuevo, lo razonable es que no se acepte ni un solo colegio religioso concertado más" ni la inscripción de nuevas entidades religiosas dedicadas a la enseñanza.

"Igualmente, y "con la máxima urgencia, las autoridades deben hacer un inventario de todos los bienes, edificios, casas y residencias supuestamente dedicadas al culto 'pero que están destinados a otros fines' y que eluden así su obligación de someterse al régimen fiscal general, obviando su obligación de pagar impuestos, IBI y demás tasas".

"Según las estimaciones de la asociación Europa Laica, la Iglesia española recibe cada año, por acción, elusión, omisión, asistencia, mantenimiento, subvenciones y el 0.7% del IRPF, un total de 11.000 millones de euros del Estado". Quizá la cifra sea exagerada, pero es urgente confirmar el montante global y "emplazar al Vaticano a negociar un acuerdo nuevo, transparente, sin privilegios ni abusos".

El Vaticano

FUENTE: ctxt.es
Editorial
09/12/2015


 
¡Cuatro añitos ya, 
y ni Pamplona!